Para evitar cualquier tipo de posible lesión en los operarios de carretillas elevadoras existen diversas normativas que exigen el cumplimiento de diversas normas de seguridad que deberán respetarse en este tipo de maquinaria de elevación. Desde ALCE SL, ofrecemos tarifas específicas para la instalación de los elementos de seguridad que permitirán a los usuarios de carretillas elevadoras cumplir con la normativa vigente y así evitar que los posibles accidentes puedan provocar daños personales en los operarios. En la siguiente tabla hemos resumido las distintas normativas que se aplican a este tipo de maquinaria y las tarifas que aplicamos para la instalación de los elementos de seguridad correspondientes.
ELEMENTO | NORMATIVA VIGENTE | TARIFA PIEZA | MANO DE OBRA |
AVISADOR ACÚSTICO (CHICHARRA/ZUMBADOR MARCHA ATRÁS) | REAL DECRETO 1215/1997: Los equipos de trabajo que por su movilidad o por la de las cargas que desplacen puedan suponer un riesgo, en las condiciones de uso prevista, para la seguridad de los trabajadores situados en sus proximidades, deberán ir provistos de una señalización acústica de advertencia. Puntos 11 y 13 de las disposiciones mínimas generales aplicables a los equipos de trabajo del Anexo I del RD 1215/97: 11 Los dispositivos de alarma del equipo de trabajo deberán ser perceptibles y comprensibles fácilmente y sin ambigüedades — 13 El equipo de trabajo deberá llevar las advertencias y señalizaciones indispensables para garantizar la seguridad de los trabajadores | 28 € + IVA | 30 MIN |
CINTURÓN DE SEGURIDAD | R.D.1215/1997. Disposiciones mínimas adicionales aplicables a determinados equipos de trabajo. (Parte 1. Equipos de trabajo móviles). 4. (…) dispositivos auxiliares adecuados que mejoren la visibilidad cuando el campo directo de visión del conductor sea insuficiente para garantizar la seguridad | 26 € + IVA | 30 MIN |
AVISADOR LUMINOSO ROTATIVO (PIRULO) | REAL DECRETO 1215/1997: Si esto fuera posible, la puesta en marcha debería ir siempre precedida automáticamente de un sistema de alerta, tal como una señal de advertencia acústica o visual. | 33 € + IVA | 30 MIN |
SEÑAL LUMINOSA (FARO LED) | El R.D. 1215/1007 detalla… 2. Disposiciones mínimas adicionales aplicables a
determinados equipos de trabajo. (Parte 1. Equipos de trabajo móviles) e. (…) cuyo desplazamiento pueda ocasionar riesgos para los trabajadores (…) 5. Si están previstos para uso nocturno o en lugares oscuros, deberán contar con un dispositivo de iluminación adaptado (…) |
47 € + IVA | 30 MIN |
TECHO/ESTRUCTURA PROTECTORA | RD 1215, Anexo I, 2.2.e:
Las carretillas elevadoras ocupadas por uno o varios trabajadores deberán estar acondicionadas o equipadas para limitar los riesgos de vuelco mediante medidas tales como las siguientes: 1. La instalación de una cabina para el conductor. 2. Una estructura que impida que la carretilla elevadora vuelque. 3. Una estructura que garantice que, en caso de vuelco de la carretilla elevadora, quede espacio suficiente para el trabajador o los trabajadores transportados entre el suelo y determinadas partes de dicha carretilla. 4. Una estructura que mantenga al trabajador o trabajadores sobre el asiento de conducción e impida que puedan quedar atrapados por partes de la carretilla volcada. |
SEGÚN PRESUPUESTO | |
MANTENIMIENTO PREVENTIVO | La Directiva Comunitaria 2009/104 junto con el Real Decreto 1215/97 exigen que los equipos de trabajo que se pongan a disposición de los trabajadores cumplan las condiciones necesarias para garantizar la protección de los trabajadores al utilizar estos equipos. | CARRETILLA ELÉCTRICA: 90€ + IVA
CARRETILLA DIESEL: 180 € + IVA |
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SEÑALES DE ADVERTENCIA VISUALES (ADHESIVOS) | REAL DECRETO 1644/2008, – Anexo I 1.7 Información.1.7.1 Informaciones y advertencias sobre la máquina. Las informaciones y advertencias sobre la máquina se deben proporcionar, preferentemente, en forma de pictogramas o símbolos fácilmente comprensibles. | 20€ + IVA | 30 MIN |